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Maquinaria y mejoras

Maquinaria y Mejoras Rurales o Prenda Rural

El seguro de Maquinaria y Mejoras Rurales o Prenda Rural cubre las actividades agrícolas y ganaderas y el patrimonio de los productores rurales, aportando seguridad a quienes realizan estas actividades, mitigando los riesgos del capital invertido.

Estos dos productos del segmento Rural se subdividen en dos tipos: maquinaria y/o equipos y mejoras. En el caso de las maquinarias y equipos, es posible asegurar tractores, pulverizadores, cosechadoras, implementos agrícolas, equipos estacionarios y equipos portátiles. Las pólizas para mejoras, por su parte, tienen por objeto proteger estructuras como cobertizos, almacenes y viviendas (sedes y casas del personal). Para suscribir una póliza, el productor debe contratar una cobertura básica. Las coberturas adicionales que ofrece Sombrero son opcionales, en función de las necesidades.

Seguro de maquinaria y mejoras rurales

La finalidad de este seguro es cubrir las pérdidas y/o daños causados a los activos directamente relacionados con las actividades agrícolas, ganaderas, acuícolas o forestales que no hayan sido ofrecidos como garantía en operaciones de crédito rural.

Seguro de prenda rural

El Seguro de Prenda Rural tiene por objeto cubrir las pérdidas y/o daños causados a los bienes directamente relacionados con las actividades agrícolas, ganaderas, acuícolas o forestales que hayan sido ofrecidos en garantía de operaciones de crédito rural.

Acerca de los seguros

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Asegurado:

Pequeños, medianos y grandes productores rurales.

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Cobertura:

Dividido en Maquinaria y Equipo, Paneles Solares y Mejoras.

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Riesgos cubiertos:

Maquinaria y equipos - cobertura básica.
Paneles solares - cobertura básica.
Mejoras - cobertura básica.
* Si desea más información sobre coberturas adicionales, póngase en contacto con nosotros.

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Beneficiario:

Personas fisicas o juridicas (bancos, por ejemplo).

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Siniestro:

Se caracteriza por la ocurrencia de uno de los riesgos cubiertos por el producto, del que resulten daños a los bienes descritos en la póliza, cuando éstos estén directamente relacionados con las actividades agrícolas, ganaderas, acuícolas y forestales, y sean propiedad del asegurado o estén demostrablemente bajo su responsabilidad.

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Indemnización:

El pago de la indemnización surge de la caracterización de un siniestro cubierto por este seguro y corresponderá al valor de las pérdidas indemnizables causadas a los bienes asegurados descritos en la póliza, limitado al Límite Máximo de Indemnización contratado para cada cobertura.

Circular SUSEP 621/2021 – Art. 5 La propuesta de seguro y las condiciones contractuales del plan deben incluir la siguiente información, sin perjuicio de los demás requisitos establecidos en la normativa vigente:

I – la aceptación de la propuesta de seguro está sujeta al análisis de riesgos;
II – el registro del producto es automático y no representa aprobación o recomendación alguna por parte de Susep; y
III – el asegurado puede comprobar el estado de registro del corredor de seguros y de la compañía de seguros en el sitio web www.susep.gov.br.

Párrafo 2 La información contenida en el punto II anterior debe incluirse necesariamente en todo el material de marketing y publicidad utilizado.

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