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Responsabilidad civil profesional

Responsabilidad civil profesional

El Seguro de Responsabilidad Civil Profesional es una protección contra pérdidas o daños causados a terceros por personas que ejercen su actividad profesional. Es adecuado para profesionales autónomos, pequeñas y medianas empresas que prestan diversos servicios profesionales, como médicos, otros profesionales sanitarios, abogados, ingenieros y arquitectos, entre otros.

Acerca de los seguros

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Asegurado:

Persona física o jurídica que tiene un interés asegurable.

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Cobertura:

Cobertura frente a terceros de los daños causados por la prestación de servicios profesionales de los que el Asegurado sea civilmente responsable en los términos de la Póliza y de la cobertura contratada.

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Riesgos cubiertos:

Demandas civiles y/o procedimientos administrativos iniciados por terceros contra el Asegurado para exigirle responsabilidad civil por daños materiales y/o daños estéticos y/o daños morales y/o lesiones corporales;

Los gastos de defensa, exclusivamente para la defensa del Asegurado, siempre que se deriven de un hecho generador;

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Beneficiario:

Tercero que ha sufrido daños causados por el profesional nombrado como asegurado.

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Siniestro:

Se caracteriza por la materialización de uno de los riesgos cubiertos por la póliza.

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Indemnización:

Corresponde al pago, hasta el Límite Máximo de Garantía de la Póliza (o hasta el Límite Máximo de Indemnización por garantía contratada), de las cantidades que el Asegurado haya sido condenado judicialmente a pagar a terceros perjudicados.

Circular SUSEP 621/2021 – Art. 5 La propuesta de seguro y las condiciones contractuales del plan deben incluir la siguiente información, sin perjuicio de los demás requisitos establecidos en la normativa vigente:

I – la aceptación de la propuesta de seguro está sujeta al análisis de riesgos;
II – el registro del producto es automático y no representa aprobación o recomendación alguna por parte de Susep; y
III – el asegurado puede comprobar el estado de registro del corredor de seguros y de la compañía de seguros en el sitio web www.susep.gov.br.

Párrafo 2 La información contenida en el punto II anterior debe incluirse necesariamente en todo el material de marketing y publicidad utilizado.

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