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Seguro de Garantía Judicial

Acerca de los seguros

Puede utilizarse en procedimientos judiciales o administrativos, sustituyendo a los depósitos judiciales que el Tomador necesite realizar en el curso de procedimientos judiciales en los ámbitos civil, laboral y fiscal, con la ventaja de no comprometer la tesorería de la empresa ni su límite de crédito bancario.

El Seguro de Garantía Judicial consta de 3 partes:

Asegurado: En el Seguro de Garantía Judicial, es el órgano jurisdiccional. Es el beneficiario del seguro en caso de indemnización y el acreedor de las obligaciones del Tomador.

Tomador del seguro: es la persona que suscribe la póliza de seguro con la aseguradora, es el deudor de las obligaciones administrativas o procesales asumidas por él, la parte que quiere poder discutir sus derechos en los ámbitos administrativo y judicial.

Asegurador: Sombrero Seguros garantiza, según lo establecido en la póliza, que en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por el Tomador, el Asegurado será indemnizado de las pérdidas.

El Seguro de Garantía Judicial puede suscribirse en las siguientes modalidades:

Garantía Judicial

Lo utilizan empresas de todos los segmentos y garantiza valor
en discusión en demandas que requieren un depósito ante el tribunal.
Es una opción económica que no afecta a la tesorería de la empresa y ofrece seguridad y agilidad. Se puede utilizar en juicios civiles y laborales, medidas cautelares y también en depósitos de recursos.

Garantía Judicial para la Ejecución Fiscal (Tributaria)

Modalidad específica para garantizar los procedimientos judiciales relacionados con
las deudas tributarias, sustituye el depósito judicial para garantizar el pago del importe a la Unión Federal, Estados, Municipios y Autoridades Autónomas de la condena o de la cantidad determinada en un acuerdo.

Garantía administrativa
para créditos fiscales

Puede ser contratada por empresas de todos los sectores para liberar créditos fiscales y cubrir la permanencia del Prestatario en regímenes fiscales especiales. Garantía que acredita la veracidad de los créditos fiscales en procedimientos administrativos a nivel federal, estatal y local o municipio.

Circular SUSEP 621/2021 – Art. 5 La propuesta de seguro y las condiciones contractuales del plan deben incluir la siguiente información, sin perjuicio de los demás requisitos establecidos en la normativa vigente:

I – la aceptación de la propuesta de seguro está sujeta al análisis de riesgos;
II – el registro del producto es automático y no representa aprobación o recomendación alguna por parte de Susep; y
III – el asegurado puede comprobar el estado de registro del corredor de seguros y de la compañía de seguros en el sitio web www.susep.gov.br.

Párrafo 2 La información contenida en el punto II anterior debe incluirse necesariamente en todo el material de marketing y publicidad utilizado.

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